martes, 19 de noviembre de 2013

Resumen de la Ley de Emprendedores en 10 puntos


Después de casi dos meses desde que la ley de emprendedores fue publicada podemos resumirla en diez puntos clave.

1.- Emprendedor de responsabilidad limitada. 

La figura llega al rescate de los pequeños empresarios y autónomos, que, hasta ahora, respondían a sus posibles deudas con su propio patrimonio personal. Con la nueva ley, por ejemplo, un pequeño empresario nunca perderá su casa (siempre que no supere los 300.000 euros de valor) a causa de las deudas. De este modo, sus atribuciones se asimilan a las de una Sociedad Limitada.

2.- Montar una empresa por cero euros. 

Inspirado en las políticas existentes en Alemania o Bélgica, el Gobierno crea la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, un tipo de empresa muy similar a la tradicional Sociedad limitada, pero con ciertas restricciones en las retribuciones a los socios (no podrán superar el 20% del patrimonio neto de la empresa) y en el reparto de dividendos (solo se podrán repartir si el patrimonio neto restante no es inferior al 60% del mínimo legal).

Un pequeño empresario nunca perderá su casa (siempre que no supere los 300.000 euros de valor) a causa de las deudas

3.- Segunda oportunidad. 

Debido a las quejas de diversos colectivos de autónomos, que aseguraban que cuando un empresario fracasa en un negocio le es imposible intentarlo de nuevo por las deudas contraídas con el anterior, el nuevo Estatuto del Trabajador Autónomo amplía hasta en dos años el plazo para asumir las deudas en caso de que se enfrente a un posible embargo. La medida viene apoyada por autoridades como el comisario de Industria y Emprendimiento de la UE, Antonio Trajani, para quien “el fracaso de un emprendedor no debe ser una condena a muerte”.

4.- Cuota reducida para todos los nuevos autónomos. 

En su momento se aprobó la cuota hiperreducida de 50 euros al mes para los nuevos autónomos menores de 30 años. Con la nueva ley, y como ya adelantó Fátima Báñez este verano, este descuento se aplica a todos los nuevos autónomos, sea cual sea su edad. También podrán adherirse a esta medida los trabajadores que en su momento fuesen autónomos pero lleven más de cinco años dados de baja.

5.- Criterio de devengo en el IVA.

Sin duda, la medida más reclamada. Mientras ahora mismo una empresa ha de liquidar trimestralmente el IVA de las facturas independientemente de si las ha cobrado o no, a partir del 1 de enero de 2014 se podrá posponer dicha liquidación al momento en que la factura sea efectivamente cobrada.

6.- Deducciones fiscales para business angels. 

Con la intención de apoyar a las pequeñas empresas en etapas iniciales, los pequeños inversores obtendrán una deducción en la cuota anual del IRPF. Además, si al desinvertir en la empresa destinan los beneficios a invertir en una nueva compañía, su ganancia patrimonial podrá declararse exenta. Esta medida de apoyo a la inversión se suma a la iniciativa del ICO de crear un fondo público de inversión en entidades de capital riesgo.

Los beneficios obtenidos en una actividad empresarial obtendrán una deducción fiscal íntegra del 10% siempre que ese dinero sea reinvertido en la propia empresa

7.- Visado de emprendedores. 

Al estilo de lo que ya sucede en Canadá, Reino Unido o Chile, nuestro país ha instaurado el popularmente conocido como 'visado de emprendedores', una autorización especial de residencia y permanencia durante un periodo mínimo de un año para aquellas personas extranjeras que inicien una actividad empresarial en nuestro país.

8.- Incentivos por inversión de beneficios. 

A partir de ahora, los beneficios obtenidos en una actividad empresarial obtendrán una deducción fiscal íntegra del 10% siempre que ese dinero sea reinvertido en la propia empresa.

9.- Contratación de talento extranjero. 

Muchas empresas españoles (sobre todo tecnológicas) se venían quejando de los tediosos trámites a la hora de contratar a un trabajador extranjero. Con la nueva ley se podrá solicitar un permiso especial de residencia para estos empleados siempre que la empresa supere los 50 millones de euros de facturación anual, entre otros requisitos.


10.- Emprendimiento en la educación. 

Castilla-La Mancha ya instauró una asignatura de iniciación al emprendimiento en la ESO. La nueva ley no crea ninguna asignatura similar, aunque ordena que los centros de educación primaria y secundaria “incentiven el espíritu emprendedor”. Además, regula las llamadas 'miniempresas' o 'empresas de estudiantes', que podrán durar hasta dos años y se adscribirán a un seguro de responsabilidad civil.

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